Esta semana, Birgit Galley, de la Steinbeishochschule für Compliance y experta en el tema corrupción, o más bien probidad :) nos hacía ver que existe un vacío en la legislación alemana anti- corrupción: el soborno de personas Amtsträger, esto es, de funcionarios públicos y similares por parte de empresas alemanas en el extranjero ya es penado por la ley (desde hace no mucho); sin embargo, el pago de sobornos a firmas extranjeras y a empleados de las mismas, en el extranjero no es penado. Hay que tapar este agujero. Tiene toda la razón.
1 comentario:
Marta, cuando uno no consigue algo de un niño, ¿quién no se tienta ofreciéndole algo a cambio? Es un intento de soborno, por supuesto todavìa en la etapa, digamos, inocente. Pero el soborno, con cohecho, entre mayores, nos acompaña durante el resto de la vida. No será fácil rechazar grandes beneficios inmediatos, sin contraprestación. Creo que esto también depende de nuestra responsabilidad individual.
Un abrazo,
Federico
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