El 20 de septiembre, la Conferencia episcopal alemana publicó
un decreto
("Allgemeines Dekret der Deutschen Bischofskonferenz zum Kirchenaustritt") que regula el llamado Kirchenaustritt, esto es, la declaración formal por parte
de un fiel y ante un funcionario del estado (empleado del Registro Civil o Tribunal
civil), en que manifiesta su intención de renunciar a la Iglesia a la que
pertenece.
Para entender esta figura jurídica del derecho alemán, es
necesario dar un vistazo a la historia de Alemania. Durante el largo proceso de
mediatización y de
secularización, los bienes de la Iglesia fueron expropiados pasando a ser
propiedad del fisco. Por esta causa, el estado debió contribuir a cubrir las
necesidades de las "dos grandes iglesias“ (así llamamos en Alemania a la
Iglesia católica y a la evangélica; esta última formada esencialmente por
fieles luteranos y calvinistas) con el dinero proveniente de las
indemnizaciones que pagaba.
Con el paso del tiempo y "debido al crecimiento
demográfico, la industrialización y al surgimiento de grandes ciudades, el
gasto eclesiástico aumentó enormemente. A medida que los gastos crecían, las
compensaciones estatales se hicieron insuficientes“. Fue así como, en 1803, "los
estados miembros del Reino Alemán, con la resistencia de la Iglesia Católica,
impusieron un sistema de financiación a través de los impuestos eclesiásticos“
(la cita es del artículo más completo sobre este tema en castellano, de Rudolf
Schunck: "Sistema de impuestos eclesiásticos en Alemania", Material incluido en el volumen especial de la revista del Instituto Martín de Azpilcueta, Universidad de Navarra : Ius Canonicum (1999), en honor de Javier Hervada). El estado se liberó de esta manera de la obligación de pagar los
gastos de la Iglesia, traspasando la carga, a los fieles de la respectiva
confesión.
La Constitución de Weimar (1919) contiene la primera regulación
de los asuntos relativos a las iglesias válidos para todo el territorio alemán.
El art. 137 señala: "Las sociedades religiosas que sean corporaciones de
derecho público, están facultadas para percibir impuestos con arreglo a las
disposiciones legales“. La normativa de 1919 continúa en vigor, ya que el
artículo 140 de la Constitución de 1949 establece que esa disposición es "parte
integrante de la presente Ley Fundamental“. De acuerdo a la ley, sólo pagan este impuesto
quienes perciben ingresos y están exentos: los jubilados, los estudiantes,
escolares y personas que reciben ayuda social.
La declaración formal de renuncia a la Iglesia pone fin a la
obligación de pagar este impuesto y ha sido, sin duda, durante mucho tiempo, la
causa más importante para el Kirchenaustritt. Sin embargo, en los últimos años,
muchos fieles han decidido abandonar la iglesia, debido a los escándalos de
abusos sexuales.
Hasta ahora, he observado que la decisión de retirarse de la
Iglesia no era algo que fuese impedimento para continuar recibiendo los
sacramentos, ejercer otros derechos o gozar de diversos beneficios. A diferencia de lo que he visto en la práctica de la Iglesia evangélica, más estricta
o consecuente en este tema.
Durante décadas, no hubo claridad acerca del alcance de la
renuncia voluntaria y formal a la Iglesia, sólo diferentes opiniones y demasiados
procesos judiciales. Se hablaba de una
renuncia parcial, en el sentido que se renunciaría sólo a la institución
Iglesia, pero no a la iglesia como comunidad espiritual. A todo esto, la
situación se complicó aún más cuando un profesor de Derecho canónico de
Freiburg recurrió a los tribunales y la sentencia definitiva del Tribunal
superior de Derecho administrativo, en Leipzig, se esperaba para septiembre…
Incluso había significativas diferencias entre la posición
alemana y la posición romana frente a esta renuncia a la Iglesia católica. Diferencias
que este decreto zanja definitivamente. En efecto, si bien el documento fue
elaborado en Alemania y aprobado por la Conferencia Episcopal, fue también
reconocido por la Congregación vaticana para los Obispos. Asimismo, el decreto se
basa en los cánones 209 §1 y 222 §1 en concordancia con el 1263 del CIC, esto
es, en legislación de la Iglesia vigente en todo el mundo.
Según el decreto, las consecuencias de la renuncia a la
Iglesia son las siguientes: no se puede recibir los sacramentos de la
penitencia, eucaristía, confirmación, ni la unción de los efermos, salvo en
caso de peligro de muerte. Tampoco puede ser empleado/a de la iglesia (la
burocracia eclesiástica alemana es muy bien pagada) y otras funciones dentro de
la misma. No se puede ser padrino o madrina de bautizo o confirmación. Ni
integrar consejos parroquiales o diocesanos. No se puede votar en las elecciones
eclesiásticas, ni ser elegido/a en ellas. Tampoco integrar ninguna asociación de
fieles de carácter público. Si la persona que ha renunciado quiere "casarse
por la Iglesia“, tiene que pedir un permiso especial. Si, antes de morir, no ha
mostrado arrepentimiento, se le puede negar el llamado funeral eclesiástico.
En consecuencia, quienes ejerzan funciones dentro de la burocracia
eclesiástica o bien, dentro de los gremios elegidos democráticamente por los
fieles, teóricamente cesan en sus cargos. Probablemente, esto provocará nuevos
procesos judiciales, que deberán aclarar el alcance del decreto y su aplicación
de acuerdo al derecho laboral alemán.
El decreto establece que, en caso de renuncia, el párroco
enviará una
carta al renunciante y lo invitará a dialogar con él (Pastorales Schreiben an die aus der Kirche ausgetretene Person unmittelbar nach Kenntnisnahme des Kirchenaustritts). Lo que es un avance; pero
me parece que esta invitación al diálogo llega un poco tarde.
Frente al caos pre-existente, pienso que es positivo que se respete la decisión voluntaria, libre y consciente de la persona que renuncia a la Iglesia. Por otra parte, es importante destacar un leve cambio en la percepción de la naturaleza de la renuncia: ya no se ve al renunciante simplemente como una persona que quiere ahorrar unos cuantos euros, sino como un ciudadano que toma esta decisión conscientemente y por otras razones importantes. Depende de nosotros los cristianos si la persona que se alejó de la iglesia, vuelve o no a ella…
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