Ayer, conocimos el texto de un fallo del Landgericht de Osnabrück, de acuerdo al cual, la prescripción comienza a contarse, en el caso de los abusos sexuales a menores de edad, desde que las víctimas dejan de reprimir los hechos. Esto es, tres años a partir de ese momento.
Explican los jueces -y no sin razón- que a partir del momento en que la victima (ya mayor de edad) puede recordar lo sucedido y no lo remprime (el mecanismo psicológico) más. Es entonces cuando se supera el trauma y se puede hablar del tema y accionar.
En la práctica, pienso yo, y debido a la dificultad de probar que en un determinado momento NO se superó la represión, en el fondo, se acaba con la institución de la prescripción para los casos de pedofilia. Lo que, en realidad, todos podemos saludar.
Se dice que, al menos un 80% de las víctimas reprime lo ocurrido durante su niñez o adolescencia.
El caso concreto en que se falló corresponde a la acción civil de un hombre, nacido en 1976 y que, entre el '85 y el '90 fue abusado por el vecino de sus abuelos. Él, entonces niño, dice que habló con su abuelita, quien no lo quiso escuchar. Recién, en 1985, su hermana le habló del tema que él había reprimido durante todo ese tiempo y después de la no-respuesta de su adorable Oma.
La defensa del pedófilo señaló que efectivamente, el cliente había realizado las acciones pedófilas de las que lo acusaban; pero que estas estaban prescritas.
Gracias a Dios, en tribunal dictaminó en su contra y el autor de los criminales hechos probablemente, deberá pagar los €75.000 + intereses.
Estamos frente a un novum en el derecho alemán y probablemente, mundial.
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