lunes, 13 de octubre de 2014

El padre tiene que pagar alimentos aunque no sea el padre biológico


Un matrimonio no puede tener hijos. Se hacen todos los exámenes del caso y concluyen que el problema está en el marido. Lo intentan mediante tratamientos de fertilidad, que no logran su objetivo.

La única alternativa que resta es la inseminación artificial; pero esta no es pagada por el seguro médico y ellos no tienen o no quieren pagarla de su bolsillo.

Ambos resuelven buscar un donante a través de internet -hay portales que ofrecen esta "prestación"-. Encuentran uno y la mujer y el donante deciden -con conocimiento y consentimiento del marido- encontrarse en un  hotel para realizar la "inseminación natural".

Lo hacen (más de una vez; Fremdbefruchtung) y la mujer queda embarazada. El donante lo hace gratis. Nace el nino y el padre rechaza la paternidad -no quiere pagar alimentos- y prueba que su mujer se acostó con otro hombre y que el nino no es suyo, sino del otro hombre.

El marido había aceptado la inseminación natural de otro hombre antes del embarazo. Durante el mismo  y con ocasión del nacimiento, cambió de opinión. Pero este cambio de opinión -dice el tribunal- no tiene relevancia, ya que vale el consentimiento inicial.

Sí, el tribunal superior de Oldenburg deja claro que, si un nino nace dentro del matrimonio, producto de una inseminación por parte de un extrano, aceptada por ambos (como la mujer probó en este caso, contra la aseveración inicial del marido, en el sentido que él no habría sabido nada) es el marido, el padre del nino (§ 1592 Nr. 1 BGB).

Los padres -ambos- tienen una responsabilidad especial (eine besondere Verantwortung, dice el tribunal) con respecto a este nino y no pueden, a posteriori, cambiar de opinión y rechazarlo.

A mí me parece que la decisión es muy correcta. La protección del nino está sobre consideraciones tardías y arrepentimientos del padre que va a tener que pagar el sustento del nino.

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