lunes, 18 de marzo de 2013

Obispo de Roma o Papa?


A veces se habla como si ser obispo de Roma y ser sumo Pontífice fueran cosas opuestas o como si resaltar una significara oponerse a la otra.

En entrevista de Gian Guido Vecchi @gvecchi alteólogo alemán Walter Kasper en Corriere della Sera, «Il mio libro citato? Gliel'ho dato prima del Conclave», senala el cardenal alemán y prefecto de la Congregación para la Unidad de los cristianos (por ello, despreciado por muchos católicos conservadores en los países de habla alemana) explica lo siguiente:

Vecchi: Francisco fue llamado inmediatamente "obispo de Roma". Anuncia un nuevo modo de ser Papa, para ejercer el "primado" de Pedro? 

Kasper: "Tal vez, sí, incluso no habiendo hecho una referencia explícita. Espero que lo hará! Ser obispo de Roma no es accidental a ser Papa; por el contrario. El Papa es el primer obispo de Roma y, como tal pastor de la Iglesia universal. Sin embargo, es importante haber citado Ignacio de Antioquía...

Vecchi: Cuando habla de la Iglesia de Roma, dice que la Iglesia de Roma preside en la caridad a todas las demás iglesias"? "

Kasper: Así es: "Iglesia de Roma" es la iglesia de la ciudad del martirio de Pedro y de Pablo, que preside en el ágape, en la caridad, el ágape en la comunión entre las Iglesias. Esto significa algo nuevo, sino una comprensión renovada de la primacía de Pedro: el Papa es sin duda el primero de los obispos y lo es, en comunión con los demás obispos. Se trata de un fortalecimiento de la colegialidad. Pero no sólo ... ".

Vecchi: ¿Qué más?

Kasper: "La frase de Ignacio, un padre de la Iglesia indivisa comienzos del siglo II, es mencionada siempre por los ortodoxos. Por supuesto, no es sencillo, es entonces para hablar de lo que significa «preside en la caridad", pero este concepto es esencial para el diálogo ".


3 comentarios:

Jorge dijo...

Marta:

Para todos los efectos, téngase presente la Constitución dogmática "Pastor aeternus", sobre la Iglesia de Cristo, promulgada por el Beato Papa Pío IX (un verdadero adelantado de su tiempo)durante la 4a. Sesión del Concilio Vaticano I, el 18 de julio de 1870, en la que, de manera solemne e irreformable -es dogma- trata sobre la naturaleza y carácter del primado del Romano Pontífice y otros aspectos relacionados con el mismo. Nótese lo dispuesto en el Cánon: "De esta manera si alguno, no lo permita Dios, tiene la temeridad de contradecir esta nuestra definición: sea anatema". Versión en castellano de la constitución dogmática "Pastor aeternus", en el siguiente enlace:
http://es.catholic.net/sacerdotes/222/2456/articulo.php?id=23282

Saludos.

Jorge M.

Jorge dijo...

Marta:

Te agradezco mucho haber publicado el comentario precedente.

A propósito de la entrevista al Card Kasper, cómo no comentar la atronadora (no se me viene a la mente otro adjetivo mejor) alocución del Papa Francisco en el Ángelus de este (pasado)domingo: "Dios no se cansa de perdonar, somos nosotros los que nos cansamos de pedir perdón". ¡Qué comienzo es el que ha tenido Francisco! No lo podemos dejar solo, para que llegue bien al final de su camino. Vale la pena leerlo completo: http://www.news.va/es/news/dios-no-se-cansa-de-perdonar-somos-nosotros-los-qu

Saludos.

Jorge M.

Jorge dijo...

Hola, Marta.

Muchas gracias por haber publicado el comentario precedente.

Permíteme ahora complementar el primero de todos, sobre la constitución dogmática "Pastor aeternus", promulgada por el Beato Pío IX en el Concilio Vaticano I, esta vez citando lo que sigue de la constitución dogmática "Lumen Gentium", sobre la Iglesia, promulgada por el Papa Paulo VI en el Concilio Vaticano II:

"El Pontífice Romano tiene, en virtud de su cargo de Vicario de Cristo y Pastor de toda Iglesia, potestad plena, suprema y universal sobre la Iglesia, que puede siempre ejercer libremente.

En cambio, el orden de los obispos, que sucede en el magisterio y en el régimen pastoral al colegio apostólico, junto con su Cabeza, el Romano Pontífice, y nunca sin esta cabeza, es también sujeto de la suprema y plena potestad sobre la universal Iglesia, potestad que no puede ejercitarse sino con el consentimiento del Romano Pontífice".

Saludos.

Jorge M.